RESICO Personas Físicas No presentan anual 2024
Si bien sabemos, de acuerdo a distintos artículos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) relacionados a las Personas Físicas, el mes de abril es considerado en temas fiscales para la presentación de la declaración del ejercicio del impuesto en cuestión, es decir, la anual del ISR y en este caso la anual 2024.
Específicamente para el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) el día 11 de octubre 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su 2da Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2024, publicó en la regla 3.13.7:
“3.13.7 Contribuyentes que pueden tributar en el Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas
...
A partir del ejercicio fiscal 2024, los contribuyentes a que se refiere el primer párrafo de la presente regla, CONSIDERARÁN que el pago mensual que realicen en términos del artículo 113- E, cuarto y quinto párrafos de la Ley del ISR, SERÁ DEFINITIVO, por lo que QUEDARÁN RELEVADOS DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL a que se refieren los artículos 113-E, cuarto párrafo, 113-F y 113-G, fracción VII de la referida Ley, únicamente por los ingresos que correspondan al Régimen Simplificado de Confianza.
Los contribuyentes que apliquen lo establecido en las reglas 3.13.20. y 3.13.21., podrán optar por presentar su declaración anual. Tratándose de los contribuyentes que apliquen la facilidad contenida en la regla 3.13.28., deberán presentar su declaración anual.
…”
Con lo mencionado en el párrafo que antecede es claro que los RESICO Personas Físicas NO PRESENTARÁN ANUAL 2024 en el mes de abril 2025, ya que desde el inicio de la regla menciona que es a partir del ejercicio fiscal 2024 y se considera imperativo al momento de utilizar las palabras “SERÁ DEFINITIVO”, por lo que se concluye la no presentación de la declaración en cuestión.
Sin embargo, las Personas Físicas RESICO que SI PRESENTARÁN ANUAL 2024, son aquellas que se dedican exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras cuyos ingresos anuales no excedan de $3’500,000.00 y que hayan optado por el beneficio de la regla 3.13.28 de la RMF 2024 por no presentar declaraciones mensuales y hayan efectuado sus CFDI por las actividades mencionadas.
Redacción a criterio de:
Referencias:
LISR 113-E, 113-F, 113-G, CFF 31, RMF 2024 2.8.3.1., 3.13.20., 3.13.21., 3.13.28., 2aRMRMF2024 3.13.7